Gestiones Gerencia Territorial de Justicia

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Le ayudamos en sus gestiones ante la Gerencia Territorial de Justicia y otros Organismos

 

  1. Le ayudamos en sus gestiones ante la Gerencia Territorial de Justicia y otros Organismos
    1. CERTIFICADO DE ÚLTMAS VOLUNTADES
    2. CERTIFICADO DE CONTRATO DE SEGURO DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO
    3. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES
    4. SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES
    5. CERTIFICADO POR DELITO DE NATURALEZA SEXUAL
    6. LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS Y APOSTILLAS DE LA HAYA

o   Obtención de Certificados de Últimas Voluntades (Solicitud)

o   Registro de Contratos de Seguros de cobertura por fallecimiento.(Solicitud)

o   Certificados de Antecedentes Penales (Representación)

o   Cancelación de antecedentes penales (Solicitud)

o   Certificado por delitos de naturaleza sexual (Solicitud)

o   Apostillamiento (Solicitud)

 

CERTIFICADO DE ÚLTMAS VOLUNTADES

 

En España, el certificado de actos de última voluntad se puede obtener en el Registro General de Actos de Última Voluntad, que es un registro centralizado que recopila información sobre los testamentos realizados por las personas fallecidas.

indica si la persona fallecida otorgó o no testamento, pero no indica el contenido del mismo. En caso de que se haya otorgado testamento, deberá solicitar una copia del mismo en el Notario que lo haya autorizado.

NOTA: Se requiere haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.

 

Según la fecha de defunción, hay dos opciones:

1.- Si el fallecimiento se ha producido con anterioridad al 2 de abril de 2009 se presentará de forma presencial o correo postal en la Delegación de Granada del Colegio de Gestores junto con el certificado original de defunción expedido por el Registro Civil correspondiente, literal o en extracto siempre que figure el nombre de los padres.

2.- Si el fallecimiento se produce con posterioridad al 2 de abril de 2009, nuestro gestor administrativo presentará la solicitud del certificado de últimas voluntades por correo electrónico, o igualmente de forma presencial o correo postal junto con copia del certificado de defunción.

 

CERTIFICADO DE CONTRATO DE SEGURO DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO

 

Según la fecha de fallecimiento, existen dos opciones:

1.- Si el fallecimiento se ha producido con anterioridad al 2 de abril de 2009, se presentará de forma presencial o correo postal en la Delegación de Granada del Colegio junto con el certificado original de defunción expedido por el Registro Civil correspondiente, literal o en extracto siempre que figure el nombre de los padres.

2.- Si el fallecimiento se produce con posterioridad al 2 de abril de 2009, nuestro gestor administrativo presentará la solicitud por correo electrónico o igualmente de forma presencial o correo postal junto con copia del certificado de defunción.

 

NOTA: Podemos presentar una Solicitud conjunta de certificado de Últimas Voluntades y de Contrato de seguro de Cobertura de Fallecimiento y recibirá el cliente un certificado de cada clase siempre que sean del mismo causante-asegurado. En este caso se utilizará el mismo certificado de defunción.

 

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

 

El certificado de antecedentes penales se podrá presentar de forma presencial o mediante correo postal a la Delegación de Granada del Colegio junto a:

-   Fotocopia del DNI en vigor del interesado, cuando se trate de españoles, y en el caso de extranjeros, del pasaporte en vigor con visado suficiente cuando se precise éste, o tarjeta de residencia en vigor, con cotejo del Gestor Administrativo.

-   Fotocopia del DNI del Gestor Administrativo cotejada.

-   Documentación de representación que legitime al Gestor Administrativo.

 

SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES

 

La gestión la realiza nuestro gestor administrativo y se finaliza con el certificado de cancelación remitido desde el propio Ministerio de Justicia al domicilio del solicitante.
Se puede presentar de forma presencial o correo postal a la Delegación de Granada del Colegio junto a:

-   Fotocopia del DNI en vigor del interesado, cuando se trate de españoles, y en el caso de extranjeros, del pasaporte en vigor con visado suficiente cuando se precise éste, o tarjeta de residencia en vigor, con cotejo del Gestor Administrativo.

-   Fotocopia del DNI del Gestor Administrativo cotejada.

-   Documentación de representación que legitime al Gestor Administrativo. (Documento de representación)

 

CERTIFICADO POR DELITO DE NATURALEZA SEXUAL

 

La gestión la realiza nuestro gestor administrativo y el certificado se remite desde el propio Ministerio de Justicia al correo electrónico del cliente.
La solicitud se puede realizar de forma presencial o mediante correo postal a la Delegación de Granada junto a:

-  Fotocopia del DNI en vigor del interesado, cuando se trate de españoles, y en el caso de extranjeros, del pasaporte en vigor con visado suficiente cuando se precise éste, o tarjeta de residencia en vigor, con cotejo del Gestor Administrativo.

-  Fotocopia del DNI del Gestor Administrativo cotejada.

-  Documentación de representación que legitime al Gestor Administrativo. (Documento de representación).

 

LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS Y APOSTILLAS DE LA HAYA

 

La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado. La legalización no certifica el contenido ni el destino del documento.

A no ser que exista algún instrumento jurídico que exima de esa obligación, todo documento público extranjero debe ser legalizado para tener validez en España y todo documento público español requiere ser legalizado para ser válido en el extranjero.

El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación de este, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo.

Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.

La solicitud de legalizaciones de documentos y apostillas se presentarán, junto al documento original a legalizar o apostillar.

El apostillamiento o legalización se podrá presentar junto a la solicitud de cualquiera de los certificados anteriores.

 

 

 

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