Cambios en la valoración del ajuar doméstico para el Impuesto de Sucesiones
El Tribunal Supremo ha marcado un hito en la valoración del ajuar doméstico para el Impuesto de Sucesiones con las Sentencias del 10 de marzo (rec. 4521/2017) y 19 de mayo de 2020 (rec. 6027/2017). Estas resoluciones han redefinido qué bienes forman parte del ajuar doméstico, excluyendo aquellos que no están directamente vinculados al uso personal del causante, como el dinero, las acciones y los bienes inmuebles.