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Declaración herederos y división o partición de herencia

 

Cuando fallece una persona lo primero que hay que ver es si ha realizado Testamento.

En el caso de que no haya, testamento hay que pasar a la declaración de herederos. Tras ello, habrá que detallar la división de la Herencia.

 

Declaración de herederos

 

Sin duda alguna, si al fallecimiento del causante hay testamento habrá que dar un vistazo al mismo para saber las personas llamadas a suceder. Pero, si al fallecimiento del causante no hubiere testamento nos encontramos ante los llamados herederos abintestato y, en éste caso deberemos pasar a la oportuna declaración de herederos siguiendo el orden de prelación establecido por ley en función del grado de parentesco, que puede ser: judicial o notarial dependiendo del caso en cuestión.

¿Dónde se realizará la Declaración de Herederos?

 

Se realizará ante el Notario del lugar del último domicilio del causante cuando los llamados a heredar sean descendientes, ascendientes o el cónyuge viudo superviviente y se realizará judicialmente en el partido judicial donde el causante tuvo su último domicilio cuando la herencia corresponda a hermanos, sobrinos u otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.

Dicho esto, bien sea mediante testamento o declaración de herederos, el siguiente paso será realizar un inventario para así determinar los bienes, obligaciones y derechos del fallecido.

 

División de la Herencia

 

Como regla general la herencia será repartida por partes alícuotas entre sus herederos. Ahora bien, se le confiere al testador la facultad de distribuir sus bienes con arreglo a las limitaciones que impone la ley. Esto es, respetar la legítima.

 

¿Qué es la Legítima?

 

La legítima es una restricción a la libertad testamentaria por reservar la ley una parte de ella a los llamados herederos forzosos. En concreto el testador no podrá privar a los herederos forzosos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por ley. Todo ello sin perjuicio de que concurra alguna causa de desheredación o que ya en vida se haya entregado a alguno de los hijos algún bien en concepto de legítima.

 

Herederos Forzosos

 

La ley dispone que son herederos forzosos, art. 807 Código Civil:

1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

 2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

 3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

En el caso de que solamente haya descendientes corresponderá a éstos las 2/3 partes del total hereditario de los que una parte podrá ser mejorada a algunos de los descendientes.

En el caso de ascendientes, corresponderá como mínimo la mitad de los bienes.

Y por último, en el caso de cónyuge viudo, corresponderá el usufructo comprendido entre 1/3 y 2/3 de la herencia.

 

Si necesitas asesoramiento en herencias en Granada contacta con nosotros y consúltanos tu caso particular. Estaremos encantados de ayudarte.

 

 

Preguntas frecuentes (FAQs)

 

Recuerda que la respuestas siguientes son de carácter general y pueden variar según las leyes y regulaciones específicas de cada región. Siempre es recomendable buscar el asesoramiento de profesionales capacitados para abordar situaciones particulares relacionadas.

Si tienes más preguntas o necesitas asesoramiento adicional, te recomendamos que consultes a un asesor de herencias especializado en temas sucesorios como Gestoría de herencias Granada, donde te podrán brindar la orientación necesaria según tu situación específica.

 

1. ¿Cuándo es necesaria la declaración de herederos?
En España, la declaración de herederos es necesaria cuando una persona fallece sin dejar testamento válido o cuando existen dudas sobre la validez del testamento dejado. En estos casos, se debe realizar la declaración de herederos ante notario para determinar quiénes son los herederos legales y cómo se repartirá la herencia según la ley.

2. ¿Cuánto cuesta hacer una declaración de herederos?
El costo de hacer una declaración de herederos en España puede variar según diversos factores, como la complejidad del caso, el valor de la herencia y los honorarios del notario o abogado involucrado. Por lo general, los honorarios de un notario para realizar este trámite oscilan entre los 60 y los 300 euros, aunque pueden ser más altos en casos más complicados. Además, pueden existir otros gastos asociados, como tasas administrativas y la obtención de documentos necesarios, lo que puede elevar el costo total.

3. ¿Qué pasa si no se hace la declaración de herederos?
Si no se realiza la declaración de herederos en España tras el fallecimiento de una persona, puede generar problemas legales y dificultades para la distribución de la herencia. Sin este trámite, no se podrá transferir legalmente la propiedad de los bienes del fallecido a sus herederos, lo que puede resultar en disputas familiares, dificultades para vender o transferir los bienes y la imposibilidad de acceder a cuentas bancarias u otros activos. Además, sin la declaración de herederos, no se podrá pagar el impuesto de sucesiones y se podrían generar sanciones por parte de la administración fiscal.

4. ¿Qué se necesita para hacer una declaración de herederos?
Para hacer una declaración de herederos en España, se necesita presentar la partida de defunción del fallecido, así como la relación de posibles herederos y sus documentos de identificación. Además, en casos donde exista un testamento, se requerirá el documento original o una copia autorizada del mismo. El trámite se realiza ante notario, quien verificará la documentación y, en ausencia de testamento o ante dudas sobre su validez, procederá a determinar quiénes son los herederos legales según la ley.

5. ¿Cómo se lleva a cabo la partición de herencia?
En España, la partición de herencia se lleva a cabo tras la declaración de herederos o la aceptación de la herencia. En este proceso, se realiza un inventario de todos los bienes y deudas del fallecido, y se procede a su distribución entre los herederos de acuerdo con la voluntad del fallecido (si dejó testamento) o según la ley en caso de intestado. Esta distribución puede hacerse de común acuerdo entre los herederos o, en caso de desacuerdo, mediante la intervención de un contador-partidor nombrado por el juez. Una vez acordada la partición, se formaliza en escritura pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad para que los herederos puedan ejercer sus derechos sobre los bienes heredados.

6. ¿Cómo se realiza la partición de una herencia?
La partición de herencia en España se realiza mediante un proceso que incluye la identificación y valoración de los bienes y deudas del fallecido, así como la distribución de estos entre los herederos. En primer lugar, se recopilan todos los documentos necesarios, como el testamento (si existe), la partida de defunción y los documentos de identidad de los herederos. Luego, se procede a realizar un inventario detallado de los bienes y deudas del fallecido. Posteriormente, se lleva a cabo la distribución de la herencia de acuerdo con la voluntad del fallecido o la ley, mediante el acuerdo entre los herederos o la intervención de un contador-partidor en caso de desacuerdo. Una vez acordada la repartición se formaliza en escritura pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad para que los herederos puedan ejercer sus derechos sobre los bienes heredados. Es recomendable contar con la asesoría de un asesor especializado en sucesiones para garantizar que el proceso se realice de manera adecuada y equitativa.

7. ¿Quién tiene la obligación de hacer la partición de la herencia?
En España, la obligación de hacer división de la herencia recae en los herederos o en el albacea designado en el testamento. Si no hay albacea designado o si los herederos no llegan a un acuerdo sobre la distribución de la herencia, se puede recurrir a un contador-partidor nombrado por el juez para que realice la división de manera imparcial. En cualquier caso, la partición debe realizarse de acuerdo con la voluntad del fallecido (si dejó testamento) o según la ley en caso de que no exista testamento.

8. ¿Cuál es la mejor manera de repartir una herencia?
La mejor manera de repartir una herencia en España es a través del diálogo y el consenso entre los herederos, buscando un acuerdo que respete tanto la voluntad del fallecido (si dejó testamento) como los derechos de cada heredero según la ley. Es importante contar con la asesoría de un asesor especializado en sucesiones para asegurar que el reparto se realice de manera justa y equitativa, evitando posibles conflictos futuros. Además, la transparencia en el proceso y la comunicación abierta entre los herederos son fundamentales para alcanzar un reparto que satisfaga a todas las partes involucradas.